Un tribunal declara ilegal la ‘patada en la puerta’ de la Policía para impedir una fiesta ilegal durante la pandemia

hace 2 meses 19

Giro judicial en el bautizado como caso de la patada en la puerta o caso del ariete. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha enmendado parcialmente la sentencia dictada el pasado 23 de diciembre por la Audiencia Provincial de Madrid que concluyó que los policías que irrumpieron sin autorización judicial, el 21 de marzo de 2021, en un piso de la calle Lagasca de Madrid para detener una fiesta ilegal cuando había restricciones de reunión por la pandemia, estaban “legitimados” para hacerlo y, por lo tanto, les absolvió del delito de allanamiento de morada por el que la acusación particular pedía cuatro años de cárcel para cada uno. Los magistrados señalan ahora, en respuesta al recurso presentado por el inquilino de la vivienda, que en realidad los dos agentes no estaban legitimados ya que “carecían de habilitación legal [para irrumpir en la vivienda], al haberse realizado sin consentimiento del titular y sin autorización judicial, fuera de los casos permitidos por la ley y sin mediar causa por delito”. El fallo mantiene, sin embargo, la absolución de los policías, aunque en este caso no porque no hubiera cometido un delito, sino porque incurrieron en este por error. La decisión, que no es firme, va a ser recurrida ante el Tribunal Supremo al menos por uno de los agentes, según ha confirmado este a EL PAÍS.

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