¡Ojo, conductores! Consejo de Estado frena las multas automáticas para los carros que no están circulando

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Publicado por: Melissa Noreña

2025-09-19 | 11:13 am

¡Ojo, conductores! Consejo de Estado frena las multas automáticas para los carros que no están circulando

Foto archivo/ Alcaldía de Bogotá.

¡Ojo, conductores! Consejo de Estado frena las multas automáticas para los carros que no están circulando

Resumen: El Consejo de Estado frena las multas automáticas a vehículos sin SOAT o técnico-mecánica al día que no están circulando. La decisión protege a propietarios de carros abandonados.

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El alto tribunal le puso freno a las multas automáticas que se venían imponiendo a carros y motos que, a pesar de no estar en circulación, tenían el SOAT o la revisión técnico-mecánica vencidos.

Esta medida, que generaba inconformidad entre los ciudadanos, ha sido declarada como una práctica que va en contra del Código Nacional de Tránsito.

Según el alto tribunal, los agentes de tránsito no pueden imponer comparendos si no existe evidencia de que el vehículo, cuyo SOAT o técnico-mecánica no está vigente, haya sido sorprendido en movimiento por una vía pública o privada abierta al público.

La decisión deja sin efecto varias circulares del Ministerio de Transporte que promovían este tipo de sanciones, al considerar que una multa de tránsito solo puede ser impuesta por una infracción cometida en la vía.

¿Me pueden multar en un parqueadero? La respuesta legal

La nueva decisión judicial aclara una duda frecuente entre los conductores sobre la imposición de multas en parqueaderos.

De acuerdo con el experto en tránsito Milton Alejandro Gaviria, las autoridades no tienen la potestad para entrar a un parqueadero privado o público con el único fin de verificar si los vehículos tienen los documentos al día, basándose únicamente en la información del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT).

Sin embargo, el especialista aclara que si un agente sorprende a un conductor circulando con el SOAT o la revisión técnico-mecánica vencidos y el infractor ingresa a un parqueadero, el agente sí puede emitir la orden de comparendo.

Esto se debe a que un parqueadero, aunque sea una propiedad privada, es considerado una vía privada abierta al público, donde las autoridades tienen jurisdicción si se presenta una infracción flagrante.

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