Un nuevo proyecto de ley presentado ante el Congreso de la República busca endurecer las sanciones contra quienes oculten deliberadamente su identidad para cometer actos vandálicos durante manifestaciones públicas. La iniciativa, conocida como ‘Ley Anticapuchos’, fue radicada el 1 de septiembre por los representantes Jaime Arizabaleta, del Centro Democrático, y Julio César Triana, de Cambio Radical, y cuenta con respaldo de congresistas de diferentes regiones y bancadas.
La propuesta pretende modificar el Código Penal para crear un nuevo delito relacionado con el ocultamiento de la identidad durante protestas, reuniones, movilizaciones o concentraciones públicas. De acuerdo con el proyecto, la conducta se configuraría cuando una persona utilice capuchas, máscaras, pasamontañas u otros elementos destinados a impedir o dificultar su identificación y, al mismo tiempo, cometa actos vandálicos.
Las penas planteadas serían de entre 54 y 96 meses de prisión, es decir, de cuatro años y medio a ocho años de cárcel, además de multas que oscilarían entre 50 y 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Los autores de la iniciativa sostienen que el objetivo no es sancionar la protesta social ni el uso de una prenda para cubrirse el rostro por sí solo, sino el empleo del ocultamiento de identidad como mecanismo para facilitar la comisión de delitos.
El proyecto también contempla circunstancias que podrían aumentar la gravedad de la conducta cuando durante los hechos se utilicen explosivos, sustancias corrosivas, artefactos de fabricación artesanal u otros elementos capaces de causar daños graves a personas o bienes. De igual manera, se plantean agravantes cuando las acciones afecten establecimientos educativos, instituciones de salud, organismos de socorro, bienes de interés cultural o infraestructura destinada a la prestación de servicios públicos esenciales.
Otro de los aspectos incluidos en la iniciativa está relacionado con los bloqueos de vías. El proyecto propone sancionar con penas de entre 54 y 96 meses de prisión y multas de 50 a 200 salarios mínimos a quienes, mediante medios ilícitos, inciten, dirijan, constriñan o proporcionen los medios para obstaculizar vías o infraestructura de transporte cuando estas acciones representen un riesgo para la vida, la salud pública, la seguridad alimentaria, el medio ambiente o el derecho al trabajo. También se contempla una inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas por un periodo equivalente al de la pena de prisión.
Los promotores de la iniciativa argumentan que esta busca brindar mayores herramientas a las autoridades para identificar y judicializar a quienes aprovechen las movilizaciones para cometer delitos, al tiempo que, según su planteamiento, pretende diferenciar esas conductas del ejercicio legítimo de la protesta pacífica. Jaime Arizabaleta ha defendido que la mayoría de las personas que participan en manifestaciones lo hacen sin ocultar su identidad y que la propuesta está dirigida contra quienes recurren al anonimato para cometer actos vandálicos.
Sin embargo, la propuesta también ha generado debate alrededor de los límites entre el derecho constitucional a la protesta y las medidas de seguridad y judicialización. Sectores críticos han cuestionado que el uso de capuchas pueda asociarse automáticamente con conductas delictivas y han advertido sobre la necesidad de diferenciar claramente entre quienes participan de manera pacífica en una movilización y quienes cometen delitos durante ella. En discusiones previas sobre la iniciativa, congresistas de oposición han señalado que cubrirse el rostro no constituye por sí mismo un delito y que la protesta anónima puede formar parte del ejercicio de la movilización social.
La propia iniciativa establece que sus disposiciones no deberán interpretarse ni aplicarse para restringir o criminalizar el ejercicio legítimo de la protesta pacífica. No obstante, el alcance definitivo de las medidas dependerá del debate legislativo y de las modificaciones que pueda sufrir el articulado durante su trámite.
El proyecto comenzará su trámite en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes. Al tratarse todavía de una iniciativa en discusión, las penas y demás disposiciones propuestas no están vigentes y deberán superar los diferentes debates establecidos por el procedimiento legislativo antes de convertirse, eventualmente, en ley de la República.

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