El Juzgado Quinto Administrativo Oral de Medellín desestimó la Acción Popular que buscaba anular la autorización del Concejo de Medellín para la venta de la participación no controlante de EPM en UNE EPM Telecomunicaciones S.A. e Inversiones Telco S.A.S. La decisión judicial respalda el proceso llevado a cabo por el Concejo y confirma que se cumplieron todos los requisitos exigidos por la Ley 226 de 1995.
El fallo se refiere a la aprobación del Proyecto de Acuerdo 12 de 2024, que fue votado el pasado 21 de agosto con una mayoría de 16 votos a favor y cinco en contra.
La demanda argumentaba supuestas irregularidades en la defensa del patrimonio público y la moralidad administrativa, pero la justicia determinó que no hubo violación de derechos colectivos, desestimando por completo las pretensiones del recurso.
Con este fallo de primera instancia, EPM reafirma la legalidad del proceso de enajenación de sus acciones en ambas empresas, destacando que se desarrolló con total transparencia y conforme a las normas establecidas. La empresa espera que esta decisión fortalezca la confianza en sus decisiones corporativas y en el marco institucional que las respalda.