
El cantante de reguetón Stiven Mesa Londoño, más conocido como Blessd, se mantendrá en libertad. Así lo determinó este martes un juzgado de Medellín, luego de que la Fiscalía lo imputara por el delito de secuestro extorsivo y pidiera enviarlo a la cárcel bajo medida de aseguramiento.
La jueza de control de garantías al frente del caso consideró que, a lo largo de las audiencias celebradas en los últimos días, el material probatorio expuesto por la Fiscalía sería insuficiente para demostrar preliminarmente que el artista urbano y los demás imputados hubieran incurrido en el delito del que son señalados.
Si bien el proceso continuará, la jueza consideró que los señalados podrán afrontarlo en libertad.
“La Fiscalía se apresuró en estas solicitudes sin haber investigado lo suficiente”, expresó la togada.
En la lectura de su decisión, la jueza hizo un recuento de lo expresado por las partes durante los últimos días y consideró que no había suficiente asidero para concluir que habría ocurrido un secuestro.
“Este despacho considera que los elementos aportados no alcanzan el grado de inferencia razonable necesario para establecer que hubo una privación del derecho de locomoción”, expresó la jueza.
Según consideró la jueza, los testimonios aportados en las audiencias darían cuenta de que los hechos narrados habrían ocurrido en un lugar concurrido.
Aludiendo a los testimonios leídos durante la imputación, planteó también que la víctima habría abandonado el lugar por sus propios medios y hasta habría alcanzado a llamar a la Policía, a su juicio, actos que no encajarían con un caso de secuestro.
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“Llama la atención del despacho que Andrés Felipe, estando supuestamente secuestrado, tuvo la oportunidad de llamar a un policía desde el lugar de los hechos, informando que lo retenían por no firmar unos documentos, pero sin advertir que se le impidiera abandonar el lugar por sus propios medios, como finalmente lo hizo. Los agentes de policía acudieron por un reporte de hurto, no de secuestro, y Andrés Felipe solo requirió su acompañamiento para retirar su vehículo. Salió caminando del lugar, no corriendo, e incluso hay un video donde se le pide que retire el vehículo y él se retira a pie”, dijo.
La togada también cuestionó las intervenciones de la Fiscalía durante las audiencias, considerando que habría empleado demasiado tiempo para exponer su material probatorio, pero no habría destacado con claridad los elementos relevantes.
“Aunque lo ocurrido pueda revestir características de otros delitos, no se corresponden con el de secuestro extorsivo imputado por la Fiscalía. La Fiscalía se apresuró en estas solicitudes sin investigar lo suficiente bajo ese estándar de inferencia. Por lo tanto, no se impone medida de aseguramiento a los cuatro ciudadanos, quienes enfrentarán el proceso en libertad”, concluyó la jueza.
Instantes después de que el juzgado comunicara la decisión, tanto los representantes de las víctimas como la Fiscalía anunciaron que apelarán la decisión.
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La fiscal del caso cuestionó duramente la decisión de la jueza, calificándola de “equivocada” y planteando que constituye un pronunciamiento de fondo que no le correspondería a un juez de control de garantías.
“Esta decisión es equivocada y deja a la judicatura en una posición cuestionable. El juez de control de garantías debe limitarse a la inferencia razonable y no comprometerse con una calificación de fondo propia del juicio. Al decir que el delito no ocurrió, se contraviene el ejercicio de la acción de la Fiscalía y se rompe el principio acusatorio, causando un desequilibrio procesal”, expresó la fiscal.
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La representante del ente acusador argumentó que presuntamente se habrían pasado elementos por alto y que la jueza no se habría referido en profundidad a las razones por las que consideraba que los imputados no fueran un peligro para la sociedad.








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