El tribunal concluyó que varias publicaciones del presidente tenían fines de promoción política y electoral
El Consejo de Estado ordenó al presidente de Gustavo Petro abstenerse de difundir propaganda electoral a favor o en contra de partidos y movimientos políticos, tras concluir que incumplió lo establecido en la Ley 996 de 2005, conocida como ley de garantías electorales.
Ahora puede seguirnos en nuestro canal de noticias en WhatsApp.
La decisión revocó un fallo emitido en primera instancia por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, que había rechazado la demanda presentada por la Fundación para el Estado de Derecho (Fede Colombia). La organización argumentó que el mandatario y el Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre) utilizaron redes sociales y canales institucionales para divulgar mensajes con contenido político y electoral.
Según la demanda, el presidente publicó mensajes en los que promovía la continuidad del proyecto progresista y hacía referencias directas al Pacto Histórico. Entre las publicaciones citadas aparece un mensaje del 1 de septiembre de 2025, en el que Petro aseguró que el movimiento debía “prender todas las armas” para defender la democracia frente a lo que calificó como una acción “dictatorial del uribismo y sus aliados”.
El alto tribunal también estudió una publicación realizada el 30 de noviembre de 2025, relacionada con una encuesta de Invamer. Para la Sala, el mandatario utilizó ese contenido para impulsar ideas asociadas a la continuidad de su proyecto político y a la convocatoria de una asamblea nacional constituyente, lo que constituye propaganda electoral prohibida para servidores públicos.
En primera instancia, el Tribunal de Cundinamarca consideró que la norma establecía una prohibición general y que no existía una autoridad específica encargada de exigir su cumplimiento mediante ese mecanismo judicial. Sin embargo, el Consejo de Estado concluyó que sí existe un deber claro para los funcionarios públicos, incluido el presidente de la República.
La corporación aclaró que la decisión no estudia posibles faltas disciplinarias ni invade competencias de la Comisión de Acusaciones de la Cámara de Representantes, entidad encargada de investigar al jefe de Estado. El fallo únicamente busca garantizar el cumplimiento de la ley electoral vigente.
Como resultado, el Consejo de Estado ordenó al presidente Petro abstenerse, en adelante, de divulgar propaganda política a través de publicaciones oficiales, medios institucionales de televisión, radio o imprenta pública.
Lea también:
Guerra entre disidencias de “Calarcá” y “Mordisco” deja alrededor de 50 muertos https://t.co/kqCdEvn8FE
— Hora13 Noticias (@hora13noticias) May 29, 2026

hace 3 horas
4






English (US) ·
Spanish (CO) ·