La Sala de Segunda Instancia profirió una histórica decisión judicial al revocar la absolución que en 2024 había favorecido a Santiago Uribe Vélez y declararlo penalmente responsable de homicidio agravado y concierto para delinquir agravado, delitos que fueron catalogados como de lesa humanidad bajo el Código Penal colombiano.
El tribunal concluyó que existían suficientes elementos probatorios para tumbar la decisión del Juez Primero Penal del Circuito Especializado de Antioquia. La condena se fundamenta en un homicidio agravado, conforme a los artículos 103 y 104 (numeral 7), y en concierto para delinquir agravado de acuerdo con el artículo 340 del Código Penal.
Como resultado de este fallo, Uribe Vélez deberá cumplir una pena de 340 meses de prisión, es decir, más de 28 años. Además, se le impuso una multa de 6.500 salarios mínimos mensuales vigentes y la inhabilidad para ejercer derechos y funciones públicas por un periodo de 20 años.
La sentencia también incluye la prohibición de porte y tenencia de armas durante 54 meses. El tribunal negó cualquier beneficio como la suspensión de la ejecución de la pena o la prisión domiciliaria, y dejó claro que, una vez quede en firme la decisión, se emitirá la orden de captura correspondiente.
La Sala declaró satisfechas las pretensiones de verdad, justicia y no repetición presentadas por la parte civil, tal como se detalla en el numeral 4.7 de la sentencia. También ordenó compulsar copias a la Unidad de Extinción de Dominio y a diferentes dependencias de la Fiscalía General de la Nación, además de remitir información a la Defensoría del Pueblo para garantizar seguimiento institucional y medidas complementarias.
Tras conocerse la decisión, el expresidente Álvaro Uribe Vélez reaccionó en su cuenta de X, donde escribió: “Siento profundo dolor por la condena contra mi hermano. Dios nos ayude”

hace 2 semanas
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