¿Cómo deben pagarle esta quincena tras la suspensión del decreto del salario mínimo 2026?

hace 3 horas 2

La principal inquietud de muchas personas que devengan el salario mínimo en el país es cuánto deberán pagarles en esta quincena del 15 de febrero, luego de que el Consejo de Estado suspendiera el decreto del Gobierno Petro que aumentaba el salario mínimo del 2026 en un 23,7 %.

La decisión de dejar provisionalmente sin efectos ese incremento se conoció este viernes, en un documento en el que el Consejo de Estado ordenó al Gobierno nacional fijar un porcentaje de aumento transitorio para el salario mínimo 2026, para lo cual dio un plazo de 8 días.

Sin embargo, el texto señala que para el pago correspondiente a la quincena del 15 de febrero rige el porcentaje del 23,7 %, es decir, el salario de $1 750 905 que, para quienes reciben auxilio de transporte, suma $2 000 000.

Leer más: Aumento transitorio del salario mínimo 2026 se fijará mediante «reunión de concertación». Esto dijo el presidente Petro

Específicamente, el Consejo de Estado ordenó «DIFERIR los efectos de la suspensión provisional, que se hará efectiva únicamente a partir de la fecha en que se publique el decreto de que trata el numeral anterior mediante el cual se determine la cifra transitoria. Durante el lapso comprendido entre la notificación de esta providencia y la fecha de publicación del referido acto administrativo, el valor del salario mínimo para la vigencia 2026 seguirá correspondiendo al establecido en el Decreto 1469 de 2025».

HBCuK2KWAAAMNAA

Para la definición del aumento transitorio del mínimo, dijo que es necesario que se consideren los siguientes aspectos:

• El tipo de valoración que se practicará sobre cada uno de los criterios, es decir, si será cuantitativa o cualitativa y las razones que lo justifican.
• Se deberá explicar la manera en que se cuantifican los factores constitucionales y su relación de conexidad con los parámetros previstos expresamente en el parágrafo del artículo 8 de la Ley 278 de 1996.
• La forma en que se ponderará y aplicará cada uno de los criterios.
• El razonamiento cuantitativo u operación aritmética que se acogerá para arribar a la cifra final.
• El contexto económico en el que se enmarca la decisión y el análisis de su impacto. Para el efecto, todo dato o estadística deberá estar respaldado por la fuente oficial en que se origina.
• Cualquier cifra o valor económico que se tome como parámetro deberá estar debidamente cimentada en reportes o certificaciones oficiales entregados por las autoridades competentes al amparo del ordenamiento jurídico.

Por su parte, el presidente Gustavo Petro anticipó en un mensaje que habrá una «reunión de concertación», a cargo del ministro de Trabajo, Antonio Sanguino. Pero señaló que «el decreto transitorio que pide el magistrado, mientras resuelve de fondo el Consejo de Estado, seguirá las órdenes de la Constitución; respetaré su decisión, pero actuaré de acuerdo a la Constitución».

Ingresa al canal de WhatsApp de MiOriente https://whatsapp.com/channel/0029Va4l2zo3LdQdBDabHR05

El decreto de salario vital es ordenado por la constitución.

Y el decreto ya expedido tiene todos los criterios económicos que se han reflejado en él

Así que el decreto transitorio que pide el magistrado, mientras resuelve de fondo el consejo de estado, seguirá las ordenes de… https://t.co/DVsUSGPH9D

— Gustavo Petro (@petrogustavo) February 13, 2026
Leer el artículo completo