SIC multa a Movistar por vulnerar la intimidad de usuarios con llamadas y mensajes no autorizados

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La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) confirmó una sanción de $670 millones contra Movistar por vulnerar el derecho a la intimidad y a la tranquilidad de varios ciudadanos, al contactarlos con fines comerciales sin su autorización previa, expresa e informada.

De acuerdo con la Resolución No. 78138 del 2 de octubre de 2025, la Delegatura para la Protección de Datos Personales determinó que Colombia Telecomunicaciones S.A. E.S.P. BIC, razón social de Movistar, incurrió en tratamiento indebido de datos personales al enviar mensajes de texto, mensajes por WhatsApp y realizar llamadas telefónicas a usuarios de otra empresa de telecomunicaciones sin su consentimiento.

La investigación inició tras una denuncia ciudadana y concluyó que las prácticas de prospección comercial adelantadas por la compañía vulneraron el derecho fundamental al habeas data, protegido por la Constitución y las leyes colombianas.

Según la SIC, este tipo de acciones no pueden ser consideradas una “conducta menor”, pues representan una intromisión directa en la vida privada de las personas. La entidad subrayó que las comunicaciones no deseadas, en horarios inapropiados o momentos inoportunos, resultan molestas e invasivas del espacio personal y no se amparan bajo el ejercicio legítimo de las libertades económicas.

La Delegatura también recordó que la protección de datos personales es una garantía de los derechos fundamentales a la intimidad y a la tranquilidad, enmarcada en el respeto por la vida privada.

Finalmente, la Superintendencia rechazó de forma enfática la continuidad de estas prácticas y reiteró que cualquier tratamiento de datos personales con fines publicitarios o comerciales debe cumplir estrictamente con la Ley 1581 de 2012y la Ley 2300 de 2023, conocida como “Ley Dejen de Fregar”, que regula las comunicaciones comerciales no autorizadas.

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