Personería de Rionegro logra medida cautelar que ordena a EPS y entidades del Estado garantizar recursos a hospitales del municipio

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El Tribunal Administrativo de Antioquia ordenó medidas cautelares dentro de una acción popular interpuesta por la Personería municipal de Rionegro, relacionada con la situación financiera de la red hospitalaria del municipio y el posible impacto en la prestación de los servicios de salud en el Oriente antioqueño.

La decisión fue adoptada en primera instancia el 15 de enero de 2026 por el despacho 19 del Tribunal, con ponencia de la magistrada Hirina del Rosario Meza Rhénals. La acción fue dirigida contra la Nación —Ministerio de Salud y Protección Social y Ministerio de Hacienda—, la Superintendencia Nacional de Salud, la ADRES, Nueva EPS y Savia Salud EPS.

Según lo expuesto por el personero municipal, existen retrasos en el giro de recursos a varias instituciones prestadoras de servicios de salud de Rionegro, entre ellas el Hospital San Juan de Dios, la Clínica SOMER, el Hospital San Vicente Fundación, SERVIUCIS e IMEDI. La situación, de acuerdo con la demanda, podría afectar la continuidad y oportunidad en la atención en salud para la población del municipio y de otros 22 municipios del Oriente antioqueño.

Dentro del proceso se aportaron informes financieros, balances de cartera, actas de visitas, requerimientos formales y alertas emitidas durante 2024 y 2025. En estos documentos se reporta una cartera acumulada superior a los 278 mil millones de pesos, con un alto porcentaje de obligaciones vencidas.

Tras revisar el material probatorio, el Tribunal consideró que, en esta etapa inicial del proceso, se evidenciaba una amenaza a los derechos colectivos relacionados con la salubridad pública y la defensa del patrimonio público. No obstante, aclaró que no era procedente ordenar de manera anticipada el pago de las deudas reclamadas, al tratarse de asuntos que deberán resolverse en la sentencia de fondo.

Como medida cautelar, el Tribunal ordenó a las entidades accionadas revisar la situación planteada en la demanda y adoptar, dentro de sus competencias, las actuaciones necesarias para prevenir o conjurar el riesgo identificado. Además, dispuso que en un plazo de diez días informen al despacho judicial sobre las gestiones adelantadas y las acciones previstas para atender la situación.

El proceso continuará su trámite ordinario mientras el Tribunal evalúa de fondo las pretensiones de la acción popular.

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