¿Cambiará el monopolio del aguardiente en Colombia? Aquí le contamos

hace 6 días 2

La Corte Constitucional citó a una audiencia para debatir sobre el monopolio del aguardiente en Colombia

Para este lunes 7 de octubre, la Corte Constitucional citó a una audiencia pública para estudiar el monopolio de los licores en Colombia. Esto busca analizar la presunta vulneración del derecho a la libre competencia, el monopolio rentístico y la libre elección de los consumidores del mercado de aguardiente.

El motivo, son dos demandas contra los apartados primero y segundo del artículo 28 de la ley 1816 de 2016, esta norma faculta a los departamentos del país explorar directamente o a través de terceros, la producción e introducción de licores destilados y para organizar, regular, fiscalizar y vigilar el proceso en términos de la presente ley.

Art. y leyCortesía: captura de pantalla

Por su parte, los demandantes estiman que a través de esta ley se vulnera la libertad de competencia establecida en el artículo 33 de la Constitución Política, la naturaleza de los monopolios rentísticos establecida en el artículo 336 y el derecho a la libre elecciones de los consumidores previsto en el artículo 78.

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Los demandantes argumentan que esto limita de forma desproporcionada la libre competencia e impide que el consumidor elija qué licor desea.

¿Cómo es el mercado del aguardiente en Colombia?

En el país este mercado está sometido a monopolio rentístico estatal, lo cual, se traduce en que una porción de las rentas que produce esta actividad pertenece a los departamentos y estos, los destinan en temas como salud y educación. La ley 1816 de 2016, modificó este monopolio y determinó que este se ejercería por producción e introducción.

Además, los gobernadores otorgan permisos temporales a personas que quieran comercializar licores destilados dentro del territorio del departamento. Con base a esta Ley 1816 de 2016, faculta a los departamentos que ejerzan el monopolio de la producción de licores para suspender la expedición de permisos para la introducción de aguardiente nacional y extranjero en las respectivas jurisdicciones.

Por su parte, a la citación, la Corte Constitucional convocó a los ministros de Hacienda y Comercio, gobernadores de los departamentos de Cundinamarca, Valle , Antioquia y Caldas, asimismo a los gerentes de algunas empresas licoreras del país.

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